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Cuando no puede cuidar a su hijo

Si no puede cuidar a su hijo, por ejemplo, si estará en el hospital o temporalmente fuera del país, puede darle a otra persona permiso para cuidarlo firmando el formulario Delegación de poderes de paternidad. Siga leyendo para obtener más información. 

Puede seguir firmando nuevos formularios de Delegación de poderes de paternidad cada seis meses, por todo el tiempo que necesite que alguien cuide a su hijo.  

Precaución: Puede haber riesgos si deja a su hijo con otra persona por más de un par de semanas. Vea la última pregunta: “¿Qué riesgos corro si dejo a mi hijo bajo el cuidado de otro?” 

Depende de si el otro padre es un padre/madre legal, un padre custodial o un padre no custodial. 

  • Si el otro padre no es el padre legal de su hijo: No, no puede llevarse a su hijo legalmente.  
  • Si ambos son padres legales y no han ido a la corte para pedir la custodia: Sí. El otro padre puede llevarse a su hijo. El otro padre tiene los mismos derechos que usted.  
  • Si usted es el padre custodial: No. El otro padre no se puede llevar a su hijo. Tiene que seguir el horario de crianza ordenado por la corte. Pero puede volver a la corte y pedirle al juez que cambie la custodia o el horario de crianza si usted no puede cuidar a su hijo.  
  • Si usted es el padre no custodial: No. El otro padre no se puede llevar a su hijo. Tiene que seguir el horario de crianza ordenado por la corte. Pero, si usted no puede cuidar a su hijo, el otro padre puede volver a la corte y pedirle al juez que cambie el horario de crianza . 

Si tiene preguntas sobre este tema, debería obtener ayuda legal

Sí. Hay varios riesgos que debe conocer:  

  1. Un cuidador puede negarse a devolver a su hijo. En ese caso, el proceso para recuperar a su hijo puede ser largo. Puede tratar de recuperar a su hijo si todavía es el padre/madre legal y el cuidador no tiene derechos legales. Es importante que no viole ninguna ley ni cause daño a nadie. Pero si no sabe dónde está su hijo, o si el cuidador no le deja ver a su hijo, necesitará ayuda de las cortes.      
  2. Se involucra el Departamento de Servicios Humanos (DHS). Si deja a su hijo con una persona que presenta un peligro o que se encuentra en una situación que no es segura, el Departamento de Servicios Humanos (DHS) se puede involucrar para proteger a su hijo. DHS tomará decisiones por su hijo de acuerdo a lo que cree que sería mejor para él.  
  3. El otro padre puede pedir la custodia legal o un cambio en su plan de crianza actual. Si usted no puede cuidar a su hijo, el otro padre puede pedirle la custodia a la corte. Para obtener más información sobre custodia, vaya aquí.  

Sí. Pero hay reglas especiales para padres que prestan servicio en las Fuerzas Armadas: 

  • Si su hijo vive con el otro padre o el otro padre es el padre custodial: Tiene que delegar su autoridad paterna al otro padre (a menos que vaya a la corte y un juez determine que ello no sería en el mejor interés de su hijo).  
  • Si su hijo vive con usted o usted tiene la custodia exclusiva: Puede delegar la autoridad paterna al otro padre o a un pariente, su cónyuge u otro padre que no presente un peligro.     
  • Si tiene la custodia conjunta de su hijo: Puede delegar la autoridad paterna a su cónyuge actual (a menos que el otro padre vaya a la corte y un juez decida que ello no sería en el mejor interés de su hijo).  

El formulario Delegación de poderes de paternidad puede durar más de seis meses para los que prestan servicio en las Fuerzas Armadas. Puede durar todo el periodo de servicio activo, más 30 días después de que termine. 

Tiene las siguientes opciones: 

  1. Firmar un formulario de Delegación de poderes de paternidad antes de irse. Elija a un adulto para que tome decisiones por su hijo por seis meses. Puede firmar un formulario nuevo para los seis meses siguientes, y por todos los periodos de seis meses que necesite. Confirme que el adulto está de acuerdo en cuidar de su hijo por tanto tiempo. 
  2. Si no firmó un formulario "Delegación de poderes" porque tuvo que irse del país, un pariente en los EE. UU. puede llenar una Declaración jurada de pariente cuidador. El pariente cuidador tiene que renovar la Declaración cada año que usted no esté. 
  3. Quizás pueda elegir a un adulto para que sea el tutor legal de su hijo. Vea Tutela.

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