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Protecciones de vivienda para personas con discapacidades

Obtenga información sobre adaptaciones razonables y otras protecciones de vivienda para personas con discapacidades.

Adaptaciones razonables son cambios de reglas, prácticas o servicios que el propietario puede hacer en forma razonable para brindar un acceso equitativo a inquilinos con discapacidades.

Si su discapacidad limita su habilidad para mantener, ingresar o usar una vivienda de alquiler o área común, podría pedirle al propietario una adaptación razonable. Algunos ejemplos son:

  • un animal de asistencia a discapacitados, si tiene una discapacidad física o mental, incluso si el propietario tiene una política de no permitir mascotas;
  • un lugar de estacionamiento reservado cerca de su vivienda, si tiene una discapacidad de movilidad;
  • permitirle pagar su alquiler el 15 de cada mes en vez del 1º, si recibe sus ingresos por incapacidad después del día en que tiene que pagar el alquiler;
  • evitar un desalojo, si está relacionado con su discapacidad; o
  • darle más tiempo para irse de su vivienda si el propietario lo quiere desalojar.

Una modificación razonable es un tipo de adaptación razonable. Modificaciones razonables son cambios efectuados en su vivienda de alquiler relacionados con su discapacidad. Por ejemplo, instalar:

  • barras de agarre en la ducha o tina;
  • una rampa para sillas de ruedas; o
  • un timbre visual en la puerta de entrada.

Las leyes de vivienda protegen a personas con una discapacidad física o mental que limita sustancialmente por lo menos una actividad importante de la vida.

Algunos ejemplos de actividades importantes de la vida son:

  • ver, oír, hablar, respirar,
  • caminar, subir y bajar escaleras, estar de pie, levantar objetos,
  • pensar, concentrarse, interactuar con otros, aprender; y
  • cuidarse a sí mismo (por ejemplo, comer, bañarse e ir al baño).

  • El alcoholismo es una discapacidad.
  • El uso/adicción previa a las drogas también es una discapacidad.
  • El uso actual de drogas ilegales no es una discapacidad.

Depende de su situación de alquiler.

  • Para inquilinos de viviendas públicas: el propietario tiene que pagar.
  • Para inquilinos de viviendas privadas: usted tiene que pagar por modificaciones razonables a su vivienda de alquiler.

Puede pedir una adaptación o modificación razonable en cualquier momento. Esto puede ser:

  • cuando presenta su solicitud para alquilar (o inmediatamente después);
  • mientras está alquilando; y
  • para prevenir un desalojo.

Puede pedirla de cualquier manera. Pero lo mejor es pedirla por escrito, para tener un comprobante de que la pidió. Puede usar el formulario del propietario, si tiene uno, o escribir su propia carta o usar esta carta de muestra como guía. Guarde una copia de su solicitud. En su carta, puede pedirle al propietario que responda en un plazo dado.

Su carta también debería decir:

  • por qué necesita la adaptación razonable para su discapacidad;
  • cómo la adaptación le ayudará a vivir en su vivienda; y
  • la conexión entre los síntomas de su discapacidad y la adaptación que está solicitando.

¡Guarde siempre copias de las cartas que le envíe al propietario!

No. No tiene que darle al propietario un diagnóstico ni darle una copia completa de su historia clínica. Pero tiene que informarle cuál es la conexión entre los síntomas de su discapacidad y la adaptación que está solicitando.

Ejemplos de solicitudes de adaptaciones razonables:

  • Usted sufre de depresión y ansiedad, y su animal de asistencia le ayuda con los síntomas de esas discapacidades. Puede decir: “Mi discapacidad hace que me cueste levantarme de la cama por la mañana. Mi animal de asistencia me ayuda a levantarme y realizar mis actividades diarias”;
  • Usted vive con una discapacidad que afecta su equilibrio, y le cuesta caminar. Puede decir: “Mi discapacidad hace que me cueste caminar. Necesito un lugar de estacionamiento cerca de mi unidad para poder caminar hasta mi carro más fácilmente”.

Sí, a menos que su discapacidad sea obvia. Por ejemplo, si usa una silla de ruedas que hace evidente que tiene una discapacidad de movilidad, un propietario no le puede pedir un comprobante de esa discapacidad.

Si su discapacidad no es visible, un propietario o proveedor de vivienda le puede pedir: una carta de verificación de discapacidad de un profesional que diga que:

  1. usted tiene una discapacidad y
  2. su discapacidad hace que sea necesaria la adaptación que solicitó.

Puede entregarle esta carta al propietario junto con su solicitud de adaptación razonable.

El profesional puede ser cualquier persona que sepa sobre su discapacidad y sus necesidades. No hace falta que sea un profesional médico.

Puede pedírsela a un:

  • médico,
  • psicólogo,
  • terapeuta,
  • líder religioso,
  • trabajador de servicios sociales o
  • administrador del caso.

La carta del profesional tiene que explicar:

  1. en qué trabaja;
  2. cómo lo conoce a usted;
  3. que usted tiene una discapacidad;
  4. que usted necesita una adaptación para usar, mantener y gozar plenamente de la vivienda; y
  5. cuál es la conexión entre la adaptación que está pidiendo y su discapacidad.

¡Importante! La adaptación razonable tiene que ser necesaria. La carta debería decir que usted “necesita” o “tiene que tener” la adaptación.

Puede pedir una adaptación que cueste algo de dinero. Pero no puede obligarle al propietario que pague por una adaptación que causaría una “carga financiera indebida”.

Una carga financiera indebida depende de:

  • la situación financiera del propietario;
  • el costo de la adaptación;
  • los beneficios que le proporciona la adaptación a usted; y
  • si hubiera otra adaptación menos costosa que supliría sus necesidades.

No. Pero un propietario puede requerir que usted pague por una adaptación que introduce un cambio en la vivienda de alquiler, como instalar una rampa o una barra de agarre (a menos que viva en una vivienda pública).

Sí.

Los propietarios no pueden discriminarlo porque usted necesita un animal de asistencia. Un propietario no puede:

  • negarse a alquilarle la vivienda;
  • cobrarle un alquiler o depósito adicional por su mascota, si necesita un animal de asistencia;
  • exigir que su animal esté certificado o haya sido entrenado profesionalmente;
  • obligarle a tener un seguro adicional; o
  • requerir un cierto tipo o raza de animal.

El propietario puede tener reglas para su animal de asistencia. El propietario puede exigir que su animal:

  • tenga una licencia;
  • tenga sus vacunaciones al día;
  • pueda ser comprado legalmente donde usted vive;
  • esté bajo un control razonable; y
  • no sea peligroso, destructivo ni perturbe a otros.

El propietario también le puede exigir que:

  • limpie después de que su animal haga sus necesidades;
  • tome medidas para que su animal no cause mucho ruido; y
  • pague por los daños causados por su animal de asistencia.

Si no cumple con estas reglas, el propietario puede dar por terminado su acuerdo de alquiler.

Sí, pero solo en las siguientes circunstancias:

  1. La solicitud no está relacionada con su discapacidad. Por ejemplo, si tiene mal crédito porque no pagó sus tarjetas de crédito, no sería razonable pedirle al propietario que lo exima del requisito de proporcionar su calificación de crédito para poder alquilar. Pero si su calificación de crédito es mala por no haber pagado facturas médicas relacionadas con su discapacidad, es posible que le pueda pedir al propietario que lo exima del requisito de proporcionar una calificación de crédito.

  2. La solicitud sería difícil más allá de lo razonable para el propietario (una carga indebida). Por ejemplo, no es razonable pedirle al propietario que no le cobre el alquiler porque sus pagos por incapacidad llegan después del día en que vencería el pago del alquiler. Esto sería una carga indebida para el propietario. Pero podría ser razonable pedirle al propietario que cambie la fecha de vencimiento del pago del alquiler hasta después de que lleguen sus pagos por incapacidad.

  3. La solicitud cambiaría la naturaleza de las viviendas de alquiler del propietario. Por ejemplo, no es razonable pedirle al propietario que cuide a su mascota porque usted no lo puede hacer. Esto cambiaría la naturaleza del negocio del propietario, para pasar a ser un negocio de cuidado de mascotas. Pero podría ser razonable pedirle al propietario que permita que alguien venga todos los días para ayudarle a cuidar a su mascota.

  4. El propietario puede demostrar que su solicitud podría causar daño a la salud, seguridad o la propiedad de otros.Por ejemplo, no sería razonable pedirle al propietario que apruebe un animal de asistencia que mordió a su vecino. El propietario le puede exigir que consiga otro animal de asistencia porque su animal presenta una amenaza para la seguridad de los demás.

El propietario tiene que:

  1. explicar por qué su solicitud no es razonable; y
  2. hablar con usted sobre otras adaptaciones posibles que podrían satisfacer sus necesidades. Si hay otra manera de satisfacer sus necesidades que es razonable, el propietario la debería aprobar.

Si proporcionó un comprobante apropiado de que necesita una adaptación, y esta es razonable, puede demandar al propietario o presentar una queja por discriminación ante una agencia.

Si el propietario no responde dentro de un plazo de tiempo razonable, vuelva a enviar su carta.

Incluya también otra carta que diga que no recibió una respuesta a la primera carta. Pídale al propietario que responda a su primera carta para una fecha específica.

Si el propietario ignora la carta nuevamente, o si el propietario inicia una acción en su contra, quizás pueda demandar al propietario por discriminación en la vivienda. Puede encontrar un abogado usando la Base de datos de remisiones.

Hay tres maneras de presentar un reclamo legal contra el propietario por discriminación:

  • encuentre un abogado que presente una demanda en su nombre, o presente la demanda usted mismo
  • presente una queja ante la Oficina de Trabajo e Industrias (Bureau of Labor and Industries, BOLI) de Oregón. Para obtener más información, llámelos al (971) 673-0764 o visite el sitio web de la Oficina de Trabajo e Industrias de Oregón;
  • presente una queja ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (Housing and Urban Development, HUD) de los Estados Unidos. Para obtener más información, llame al HUD al (800) 877-0246. HUD también tiene un proceso de quejas en línea en su sitio web.

Si no sabe bien cuál es la mejor opción en su caso, obtenga ayuda legal.

¡No espere demasiado antes de tomar una acción! Si decide presentar una queja, tiene que hacerlo a no más de un año de que se produjo la discriminación. Si decide presentar una demanda, tiene que hacerlo a no más de dos años de que se produjo la discriminación.

 

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