Regla por HUD para Familias con Estatus Migratorios Variados en Viviendas Federales

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Por: Oreogn Law Center

Información sobre la regla propuesta

El 10 de mayo del 2019, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) propuso una nueva regla llamada "Vivienda y Ley de Desarrollo de la Comunidad de 1980: Verificación de Estatus Elegibles." La regla podría cambiar las regulaciones de HUD al añadir más restricciones para poder ser elegible a ciertas viviendas federales que reciban asistencia por HUD, basadas en estatus de inmigración. IMPORTANTE: Esta regla no está en efecto.  

Si esta regla llega a efecto, podría perder mi vivienda. ¿Debería de mudarme ahora? 

-          En este punto, no es recomendable para familias que puedan verse afectadas por esta regla, a que abandonen sus viviendas. La regla propuesta está en sus primeras etapas y no está todavía en efecto. Ya habrá tiempo para que las familias decidan qué hacer después de que la regla sea final. 

-          Tome tiempo ahora para aprender más detalles y cómo esto podría afectar a usted y a su familia.  

¿Qué haría la regla propuesta? 

-          La regla propuesta de HUD dice que todos los inquilinos que vivan en una unidad que reciba asistencias de HUD, deben tener estado migratorio elegible. La ley actual permite a las familias vivir en una vivienda de subsidio, incluso si un miembro de la familia no es elegible, siempre y cuando, el subsidio de la vivienda sea reducido para excluir a la persona no elegible de la asistencia. Los inquilinos no elegibles no tienen que verificar su estatus de inmigración.  

-         Todos los inquilinos menores de 62 años de edad tendrán que comprobar sus estatus mediante una base de datos llamada “SAVE” que es ejecutada por el Departamento de Seguridad Nacional.  

¿Quién sería afectado por la regla propuesta? 

-       Familias con estatus migratorios variados que reciban casi cualquier tipo de asistencia para la vivienda proveída por HUD, serian afectadas. Una familia con estatus migratorios variados son hogares con miembros que tienen estatus de inmigración elegibles y no elegibles. No elegible no significa indocumentados - inmigrantes con estatus legales también pueden no ser elegibles para viviendas públicas y programas de Sección 8.  

-        Familias en vivienda pública, algunos programas de desarrollo rural o que reciban un subsidio a través de un vale de sección 8, o una subvención de proyecto, se verán afectados por la regla si es que cambia. La regla no afectará a familias en viviendas proporcionadas por el Departamento de Vivienda y Agricultura Rural (RD). 

-        El cambio de regla no afectaría a las familias que viven en una propiedad de créditos fiscales de vivienda de bajos ingresos (Tax Credit Property) con ningún subsidio adicional. Sin embargo, algunos tipos de viviendas de bajos recursos son una mezcla de subsidios locales y federales. 

¿Hay excepciones? 

-          Las familias que cumplan las condiciones siguientes pueden ser capaces de mantener su vivienda, aunque no todos los miembros familiares tengan estado migratorio elegible: 

o La familia recibía asistencia de un programa de vivienda cubierta durante el 19 de junio de 1995. 

o El jefe/a del hogar tiene estado migratorio elegible, y 

o Los miembros de familia no elegibles son uno de los siguientes: el cónyuge del jefe/a del hogar, hijos o padres del cónyuge, o jefe/a de familia 

Las familias pueden ser elegibles para permanecer en sus viviendas por hasta 18 meses después de recertificación, si es que no pueden encontrar otra vivienda económica para mudarse.

¿La regla ya está en efecto? 

-          La regla no está en efecto ahora, y no existe una fecha de cuando se llevará a efecto. 

-          La regla no puede ser final hasta después de que termine el período de comentario público el 9 de julio del 2019. Incluso después del 9 de julio, la regla probablemente no tomará efecto por lo menos dentro de otro mes, y podría tomar aún más tiempo ya sea varios meses o un año. 

-          Después de que la regla tome efecto, las familias no tendrán que verificar su estatus migratorio hasta su próxima recertificación anual programada. 

¿Dónde puedo obtener más información? 

-         Si tiene preguntas sobre su situación individual, usted puede consultar a un abogado. Encuentre su oficina local de ayuda legal en https://oregonlawhelp.org//resource/oregon-legal-aid-offices 

-      Manténgase al día sobre esta regla propuesta con la campaña de #keepfamiliestogether en https://www.keep-families-together.org/resources.

 

Esta información fue actualizada el 2 de enero 2020 

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Última revisión y actualización: Jan 02, 2020
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