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Sus derechos según las leyes de salarios y horarios en Oregón

Entender sus derechos como trabajador es fundamental. Esta guía explica las leyes clave sobre los salarios y horarios en Oregón para ayudarle a saber cuáles son sus derechos, incluido el salario mínimo, las horas extras, los descansos y cómo manejar los salarios impagos.

¿Quién está cubierto por las leyes de salarios y horarios?

Estas leyes aplican si usted es empleado. No aplican si es:

  • un contratista independiente;
  • un socio en una empresa;
  • un voluntario.

Consejo: El hecho de que su empleador diga que usted es un contratista independiente no significa que lo sea. Muchas personas se clasifican erróneamente como contratistas independientes. Obtenga más información sobre los empleados y los contratistas independientes en el sitio web de la Oficina de Labor e Industrias (Bureau of Labor & Industries, BOLI) de Oregón.

Salario mínimo de Oregón

Su empleador tiene que pagarle el salario mínimo de Oregón. Al 1.º de julio de 2024, los salarios mínimos de Oregón eran los siguientes:

  • Área metropolitana: $15.95 por hora
  • Condados estándar: $14.70 por hora
  • Condados no urbanos: $13.70 por hora

Estas tarifas aumentan el 1.º de julio de cada año. Puede verificar la tarifa de su condado y las tarifas actuales de salarios mínimos en el sitio web de la BOLI.

El salario mínimo federal es de $7.25 por hora, el cual no ha cambiado desde 2009. Sin embargo, la ley de Oregón tiene prioridad si su lugar de trabajo está en Oregón.

Pago de horas extras

Tiene derecho al pago de horas extras si trabaja más de 40 horas en una semana. El pago por horas extras es igual a 1.5 veces su tarifa por hora regular.

  • Ejemplo: si usted gana $16 por hora, su tarifa por horas extras es de $24 por hora.

Los empleadores no pueden darle "tiempo de compensación" (tiempo adicional de licencia pagada) en lugar de pagarle las horas extras.

Exenciones de salarios mínimos y horas extras

Algunos trabajadores están exentos de las normas sobre el salario mínimo y las horas extras, lo que significa que estas funciones no se aplican a ellos. Algunos ejemplos incluyen:

  • empleados asalariados en funciones ejecutivas, administrativas o profesionales;
  • trabajadores en funciones de "ventas externas";
  • ciertos trabajadores agrícolas y ganaderos;
  • niñeros informales y acompañantes para personas mayores.

Otros trabajadores podrían estar exentos solo del pago de las horas extras, por ejemplo:

  • trabajadores agrícolas;
  • conductores de camiones de larga distancia;
  • taxistas;
  • vendedores en concesionarias de automóviles, barcos u otras;
  • empleados de comercios minoristas o de servicios que ganan la mayor parte de su salario por comisiones.

Para obtener más información sobre las exenciones, visite el sitio web de la BOLI.

Reglas especiales sobre horas extras para determinados empleos

Algunas industrias tienen reglas únicas sobre las horas extras:

  • Plantas de conservas, secado y empaque: las horas extras se aplican después de 10 horas al día.
  • Trabajadores de manufactura: las horas extras se aplican después de 10 horas al día o 40 horas por semana, lo que sea más favorable para el empleado (a menos que los empleados tengan un convenio de negociación colectiva que diga algo más).
  • Policía, bomberos, mineros y trabajadores de la salud: pueden aplicarse leyes diferentes. Comuníquese con la BOLI si tiene preguntas sobre las leyes que se aplican a su empleo. Llame al 971-245-3844 o envíe un correo electrónico a boli_help@boli.oregon.gov.

¿Qué cuenta como tiempo de trabajo pagado?

  • Tiempo en el trabajo: los empleadores deben pagarle por todo el tiempo que pase trabajando, incluido:
    • prepararse para trabajar (p. ej., arreglar una estación de trabajo o ponerse el equipo de seguridad);
    • finalizar el trabajo (p. ej., limpiar el espacio de trabajo);
    • capacitación o reuniones requeridas;
    • descansos;
    • descansos para comidas, pero solo si trabaja durante su descanso.
  • Tiempo de guardia: se le paga solo por el tiempo que pasa trabajando de forma activa.
  • Tiempo de viaje: el viaje al trabajo no se paga, pero los viajes relacionados con el empleo sí.
  • Tiempo para dormir: el tiempo para dormir cuenta como trabajo si trabaja turnos de menos de 24 horas. Es posible no pagar hasta 8 horas de sueño si así se acuerda.

Descansos y periodos de comida

La ley de Oregón garantiza lo siguiente:

  • Descansos:
    • Un descanso pagado de 10 minutos por cada 2 a 6 horas trabajadas.
  • Periodos de comida:
    • 30 minutos de descansos de comida sin pagar durante los turnos de más de 6 horas.
    • Si tiene que trabajar durante su comida, se convierte en un descanso pagado.

Los descansos deben estar separados de los periodos de comida.

Días de pago y deducciones

Los empleadores deben:

  • tener días de pago regulares (p. ej., semanales o mensuales);
  • proporcionar una declaración clara de cualquier deducción.

Su empleador puede deducir impuestos, comidas, alojamiento y otros beneficios de su cheque de pago. Pero usted debe aceptar estas deducciones por escrito. Su empleador no puede deducir costos por uniformes, herramientas, roturas o pérdidas causadas por usted u otros empleados.

Cuando deja un empleo

Su empleador debe pagarle todos los salarios que le adeuda cuando usted se va:

  • Si le despiden: su empleador debe pagar todos los salarios adeudados antes del final del siguiente día hábil.
  • Si renuncia con aviso: el pago final deberá realizarse el último día si avisa con al menos 48 horas de anticipación.
  • Si renuncia sin previo aviso: se le debe pagar en un plazo de cinco días o en el siguiente día de pago regular, lo que ocurra primero (excluidos los fines de semana y días festivos).

Si un empleador no paga el último salario a tiempo, es posible que deba pagar una multa de hasta ocho veces su salario diario por cada día que no los pague, por hasta 30 días. 

Puede obtener más información sobre los derechos que tiene cuando pierde su empleo aquí.

Sí, para impuestos, comidas y alojamiento con su consentimiento por escrito. No se permiten deducciones por uniformes, herramientas o daños si estas reducen su pago por debajo del salario mínimo.

No, las propinas son aparte y no cuentan para los cálculos del salario mínimo en Oregón.

Incluso si le pagan en una tarifa de pago por pieza, por comisión o por día, su salario total debe ser al menos el salario mínimo por cada hora trabajada, a menos que sea un empleado exento. 

Los empleados exentos incluyen:

  • algunos empleados asalariados en funciones ejecutivas, administrativas o profesionales;
  • trabajadores en funciones de "ventas externas";
  • ciertos trabajadores agrícolas y ganaderos,
  • niñeros informales y acompañantes para personas mayores.

Comuníquese con la Oficina de Labor e Industrias (BOLI) de Oregón si tiene preguntas sobre sus derechos como trabajador de Oregón. Llame al 971-245-3844 o envíe un correo electrónico a boli_help@boli.oregon.gov

O comuníquese con un abogado laboral. Obtenga ayuda para encontrar un abogado llamando al Servicio de referencia de abogados (Lawyer Referral Service) de Oregón.

Si no se le ha pagado de manera correcta, puede hacer lo siguiente:

  1. Presente un reclamo ante la BOLI.
  2. Considere contratar a un abogado privado (puede recuperar las tarifas del abogado si gana su caso).

Si necesita ayuda para encontrar un abogado, llame al Servicio de referencia de abogados (Lawyer Referral Service) de Oregón. También puede consultar nuestra guía para contratar a un abogado, la cual le brindará consejos a fin de encontrar al abogado correcto para su caso.

Actúe rápido: hay fechas límites para presentar reclamos por horarios y salarios. Estas fechas límites pueden ser de 180 días (seis meses), dependiendo de dónde trabaje.

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