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Qué puede hacer si se dicta una orden de restricción en su contra

Si alguien obtiene una orden de restricción en su contra, tiene que actuar rápidamente si no está de acuerdo con la orden: 

  • si sus documentos contienen una fecha de audiencia, vaya a esa audiencia. Esta es su única oportunidad para informarle al juez que está en desacuerdo con la orden de restricción.    
  • Si los documentos no contienen una fecha de audiencia, tiene que pedir una fecha de audiencia dentro de 30 días de haber recibido una copia de la orden de restricción. Siga leyendo para obtener más información sobre cómo pedir una audiencia.  

Una orden de restricción es un documento legal que contiene una serie de reglas que usted tiene que cumplir. Si no cumple con las reglas, lo pueden arrestar. Las órdenes de restricción a veces se llaman órdenes de protección.   

La persona que pide la orden es el Demandante en los formularios de la corte. Usted es el Demandado

Lea su orden cuidadosamente. ¡Cada orden es distinta! He aquí algunas de las cosas que la orden de restricción puede obligarle a hacer:  

  • dejar de comunicarse con la persona que obtuvo la orden de restricción en su contra; 
  • mudarse del hogar de la otra persona o del hogar compartido; 
  • mantenerse alejado de ciertos lugares, como la casa, escuela o lugar de trabajo de la otra persona; 
  • pagarle dinero a la otra persona; 
  • deshacerse de sus armas de fuego; 
  • mantenerse alejado de sus hijos y verlos solo en horarios o lugares específicos;  
  • ¡y más!  

Lea los documentos con cuidado. Le dan información sobre cómo informarle a la corte que está en desacuerdo con la orden de restricción.  

Si la corte fijó una fecha de audiencia:  

  1. ¡vaya a la corte en esa fecha! Esta audiencia es su oportunidad para decirle al juez que no está de acuerdo con la orden.
  2. Antes de su audiencia, prepárese para la misma reuniendo pruebas. Para obtener más información sobre cómo prepararse para la corte, visite la página sobre audiencias de órdenes de restricción contenciosas.

Si no aparece una fecha de audiencia en los documentos de la orden de restricción:  

  1. tiene que pedir una audiencia contenciosa dentro de 30 días. Una audiencia contenciosa es una cita en la corte donde usted y la otra persona pueden hablar con el juez y mostrarle pruebas de lo que pasó. Para solicitar una audiencia contenciosa:
    1. llene el formulario "Solicitud de audiencia". Este formulario tendría que formar parte de los documentos que le entregó la policía.
    2. Lleve o envíe por correo su formulario de "Solicitud de audiencia" al juzgado indicado en sus papeles de la corte.
  2. Espere a que la corte se ponga en contacto con usted para comunicarle la fecha de audiencia. Si la corte no lo llama en dos o tres días, llame a la corte para verificar que recibieron su formulario y averiguar si fijaron una fecha de audiencia.  

Para obtener más información sobre cómo prepararse para una audiencia en la corte, visite la página de audiencias contenciosas.   

No se ponga en contacto con la otra persona para convencerla que cancele la orden de restricción. Esto puede crearle un problema penal. En su lugar, tiene que disputar la orden de restricción mediante el proceso judicial.  

Sí. Si la otra persona obtuvo una Orden de restricción por maltrato familiar, esa orden le da al otro padre la custodia temporal de sus hijos. También puede incluir un horario en el que usted puede ver a sus hijos. Las cortes llaman a esto un Plan de crianza. Tiene que cumplir con la orden de custodia y el plan de crianza.  

Una orden de restricción también puede hacer que sea más difícil obtener la custodia a largo plazo de sus hijos en un caso de divorcio o custodia.  

Si no está de acuerdo con la orden de custodia o el plan de crianza temporal, tiene que pedir una audiencia dentro de 30 días de la fecha en que la policía le entregó una copia de la orden de restricción. Vea la pregunta anterior para saber cómo solicitar una audiencia.   

Advertencia: Si lo acusaron de cometer un delito relacionado con violencia en el hogar, quizás tenga que cumplir además con una “orden de no contacto penal”. Una orden de no contacto penal puede impedir que usted vea a sus hijos, aunque la orden de restricción diga que los puede ver. Si se encuentra en esta situación y quiere ver a sus hijos, hable con su abogado defensor penal. 

Debería pedir una audiencia para disputar la orden de restricción de la otra persona.  

También puede obtener su propia orden de restricción si la otra persona fue abusiva con usted, y usted tiene miedo que le volverá a causar daño en un futuro cercano.   

Para obtener más información sobre las distintas órdenes de restricción en Oregón, vaya aquí.

Tiene que cumplir con la orden de restricción. Si la orden de restricción dice que no puede hacer contacto, tiene que obedecer lo que dice la orden. 

La otra persona no tiene que obedecer la orden de restricción; solo usted la tiene que obedecer.  

Si la otra persona quiere cancelar la orden de restricción, tiene que presentar un formulario ante la corte para darla por terminada. 

En general, la mayoría de las órdenes de restricción dicen que no se puede comunicar con la otra persona a través de terceros. Estos pueden ser sus amigos, parientes, hijos, su abogado, vecinos o compañeros de trabajo.    

Pero cada orden de restricción es distinta. Lea su orden de restricción con cuidado para comprender lo que tiene que hacer. Algunas órdenes de restricción pueden permitir el contacto a través de terceros por razones específicas, como por ejemplo para hacer planes para sus hijos. 

La persona que obtuvo la orden de restricción puede llamar a la policía. La policía lo arrestará si cree que usted desobedeció la orden de restricción. Si desobedece una orden de restricción, lo pueden condenar por desacato o por haber cometido un delito. En un caso penal o de desacato, un juez puede:  

  • enviarlo a la cárcel;  
  • imponerle multas;  
  • darle una condena condicional;  
  • ordenar que complete un programa de intervención para golpeadores; o  
  • ordenar que complete un tratamiento de salud mental (si lo han diagnosticado con un problema de salud mental). 

Sí. Una orden de restricción es un registro público. Se ingresa en una base de datos estatal de las fuerzas del orden. 

Es posible. Lea su orden de restricción con cuidado. Cada orden de restricción es distinta. Una orden de restricción puede prohibir que posea armas de fuego, municiones u otras armas.   

Si tiene preguntas sobre su derecho a poseer armas, debería hablar con un abogado. ¡La ley es muy complicada en esta área!  

Sí. Las órdenes de restricción son válidas en: 

  • todos los condados de Oregón; 
  • todos los estados de EE. UU. y Washington D.C.;  
  • todas las tierras tribales; y  
  • todos los territorios de EE. UU. 

Depende de:   

  • El tipo de orden de restricción: Oregón tiene cinco tipos de órdenes de restricción. Las órdenes de restricción pueden durar un año, dos años, cinco años o indefinidamente. Lea sus documentos de la orden de restricción cuidadosamente para saber cuánto dura.  
  • Si un juez cancela la orden antes de su vencimiento: Un juez puede dar por terminada una orden de restricción antes de su fecha de vencimiento si no hay pruebas suficientes de que sea necesaria. Esto ocurre en general en una audiencia contenciosa.  
  • Si un juez extiende la vigencia de la orden: Un juez también puede extender (renovar) una orden de restricción más allá de su fecha de vencimiento. La otra persona tiene que pedir una renovación ante la corte para que esto ocurra. Si usted no cree que el juez debería renovar la orden, puede solicitar una audiencia.   

Para obtener información específica sobre los cinco tipos de órdenes de restricción en Oregón, vaya aquí.   

Si tiene alguna pregunta sobre si sigue en vigor una orden de restricción en su contra, puede llamar a la corte de circuito de Oregón que dictó la orden de restricción. El personal de la corte podrá informarle si la orden de restricción sigue en vigor.  

La mayoría de la gente involucrada en casos de órdenes de restricción no tiene un abogado. Pero si puede contratar a un abogado, este puede prepararlo para la corte o acompañarlo a la audiencia. Para encontrar un abogado, puede usar la Base de datos de remisiones.  

Una audiencia contenciosa es su única oportunidad para disputar la orden de restricción.* En una audiencia contenciosa, usted y la persona que obtuvo la orden de restricción pueden mostrarle pruebas al juez y llevar testigos para que declaren. Al final de la audiencia, el juez decidirá si va a dar por terminada la orden de restricción o mantenerla en vigor.     

Para obtener más información sobre cómo prepararse para una audiencia contenciosa, visite la página de audiencias contenciosas

*Si alguien obtuvo una Orden de protección de riesgo extremo en su contra, tiene dos oportunidades para disputar la orden. Para obtener más información sobre este tipo de orden de restricción, vaya aquí.

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